La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) rechazó las versiones que cuestionan la legalidad de las mesas de sufragio de la serie 900 000 y afirmó que su creación se encuentra respaldada por la Ley Orgánica de Elecciones. A través de un pronunciamiento público, la entidad señaló que este sistema se aplica desde el año 2005 con el objetivo de facilitar el derecho al voto en comunidades de difícil acceso.
Según explicó la ONPE, estas mesas especiales fueron implementadas en centros poblados donde los electores debían recorrer largas distancias —incluso durante varias horas o días— para llegar a sus locales de votación. La institución sostuvo que la medida busca acercar el servicio electoral y promover una mayor participación ciudadana en zonas rurales y alejadas del país.
El organismo electoral precisó además que la conformación y distribución de las mesas de sufragio se encuentra contemplada en los artículos 37, 52 y 53 de la Ley Orgánica de Elecciones, normativa que faculta a la ONPE a organizar y ejecutar los procesos electorales. Asimismo, indicó que las llamadas mesas inclusivas son producto de evaluaciones técnicas que consideran factores como accesibilidad, transporte y ubicación geográfica de la población beneficiada.
La entidad también detalló que, antes de habilitar estas mesas, se solicita y verifica el padrón de electores del centro poblado correspondiente para validar que los ciudadanos tengan domicilio registrado en la jurisdicción asignada. En ese sentido, la ONPE insistió en que resulta incorrecto afirmar que las mesas de la serie 900 000 fueron creadas sin sustento legal o fuera del marco electoral vigente.